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Tratado Internacional - Marquesina
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La Secretaría del Tratado

    Como se establece en el Artículo 20 del Tratado, el Secretario desempeña las siguientes funciones:

    a) organizar reuniones del Órgano Rector y de cualquiera de sus órganos auxiliares que pueda establecerse y prestarles apoyo administrativo;

    b) prestar asistencia al Órgano Rector en el desempeño de sus funciones, en particular la realización de tareas concretas que el Órgano Rector pueda decidir asignarle;

    c) informar acerca de sus actividades al Órgano Rector.

    (d) comunicar a todas las Partes Contratantes y al Director General:

      (i) las decisiones del Órgano Rector en un plazo de 60 días desde su aprobación;
      (ii) la información que reciba de las Partes Contratantes de acuerdo con las disposiciones del Tratado.

    (e) cooperar con otras organizaciones y órganos de tratados, en particular con la Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica, para conseguir los objetivos del Tratado.

    (f) coordinar el trabajo del Tratado Internacional con otros departamentos de la FAO, y con otras organizaciones pertinentes, y enviar informes periódicos a las sesiones ordinarias del Órgano Rector;

    (g) gestionar los recursos humanos y financieros de la Secretaría del Órgano Rector;

    (h) relizar cualquier otra función conexa que el Director General le asigne.
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