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Tratado Internacional - Marquesina
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Miembros: Partes Contratantes

   Según el Artículo 26, el Tratado está sujeto a ratificación, aceptación o aprobación por los Miembros y los no miembros de la FAO mencionados en el Artículo 25. Los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación se depositarán en poder del Director General de la FAO.

   Según el Artículo 27, el Tratado está abierto a la adhesión de todos los Miembros de la FAO y de cualesquiera Estados que no son miembros de la FAO pero son Miembros de las Naciones Unidas, de cualquiera de sus organismos especializados o del Organismo Internacional de Energía Atómica.

   El Tratado entró en vigor el 29 de junio de 2004. El listado de Partes Contratantes así como el tipo de instrumento utilizado y la fecha pueden consultarse en la Oficina Jurídica de la FAO:

Oficina Jurídica de la FAO

Centros Nacionales de Coordinación del Tratado

    Las Partes Contratantes reciben una cantidad considerable de correspondencia. Para facilitar una rápida distribución de la misma a los funcionarios competentes, se invita a las Partes Contratantes a designar un coordinador nacional al que se debe remitir la correspondencia. Se pueden consultar los nombres y los datos de contacto de los coordinadores nacionales en este Portal.

    Los datos de contacto de los coordinadores nacionales (nombre, título, dirección de correo postal y electrónico y números de teléfono) deben enviarse al Secretaría del Tratado. Esta información estará disponible en este Portal a fin de facilitar la comunicación entre las Partes Contratantes. Si una Parte Contratante no desea que estos datos se hagan públicos, se ruega que lo notifique a la Secretaría.

Listado de Centros Nacionales de Coordinación del Tratado (PDF)

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