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La Estrategia de Financiación

   El Órgano Rector adoptó en Madrid la Estrategia de Financiación para la implementación del Tratado Internacional con la resolución 1/2006, contenida en el Apéndice F.


pdf La Estrategia de financiación
Resolución 1/2006
GB-1/06/REPORT. Apéndice F
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   El Órgano Rector adoptó en 2007, como anexos a la Estrategia de Financiación los siguientes textos contenidos en el Apéndice D del Informe:


pdf Anexo 1 de la Estrategia de Financiación, Prioridades
GB-2/07/REPORT. Apéndice D.1
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pdf Anexo 2 de la Estrategia de Financiación, titulado Uso de los recursos bajo el control directo del Órgano Rector: Criterios de admisibilidad.
GB-2/07/REPORT. Apéndice D.2
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pdf Anexo 3 de la Estrategia de Financiación, titulado Uso de los recursos bajo el control directo del Órgano Rector: Procedimientos operacionales.
GB-2/07/REPORT. Apéndice D.3
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Finalidad

    La finalidad de la Estrategia de Financiación es mejorar la disponibilidad, transparencia, eficiencia y efectividad del suministro de recursos financieros para poner en práctica las actividades del Tratado.

Objetivos

    Uno de los objetivos de la Estrategia de Financiación es el de desarrollar medios y hallar vías para garantizar la disponibilidad de recursos necesarios para la aplicación del Tratado, de acuerdo con su Artículo 18. Entre las posibles fuentes de recursos financieros de la Estrategia de Financiación se cuentan:

    a. Recursos financieros proporcionados por Partes Contratantes de países desarrollados, de los que se sirven otras Partes Contratantes de países en desarrollo y países en transición, a través de canales bilaterales, regionales y multilaterales.

    b. Recursos financieros para actividades, planes y programas prioritarios pertinentes para la aplicación del Tratado, obtenidos mediante mecanismos, fondos y órganos internacionales pertinentes.

    c. Recursos financieros para actividades nacionales destinadas a la conservación y la utilización sostenible de recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, en consonancia con la capacidad nacional y los recursos financieros de cada Parte Contratante.

    d. Recursos financieros derivados de compartir beneficios monetarios resultantes de la comercialización de recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura en virtud del Artículo 3.2d(ii) del Tratado.

    e. Contribuciones voluntarias de las Partes Contratantes, del sector privado, teniendo en cuenta las disposiciones del Artículo 13, de organizaciones no gubernamentales y otras fuentes.

    f. Recursos financieros asignados en el Programa Regular de la FAO.

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