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| Listado de países miembro | Coordinadores nacionales |
Según el Artículo 26, el Tratado está sujeto a ratificación, aceptación o aprobación por los Miembros y los no miembros de la FAO mencionados en el Artículo 25. Los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación se depositarán en poder del Director General de la FAO.
Según el Artículo 27, el Tratado está abierto a la adhesión de todos los Miembros de la FAO y de cualesquiera Estados que no son miembros de la FAO pero son Miembros de las Naciones Unidas, de cualquiera de sus organismos especializados o del Organismo Internacional de Energía Atómica.
El Tratado entró en vigor el 29 de junio de 2004. El listado de Partes Contratantes así como el tipo de instrumento utilizado y la fecha pueden consultarse en la Oficina Jurídica de la FAO.
Centros Nacionales de Coordinación del Tratado
Las Partes Contratantes reciben una cantidad considerable de correspondencia. Para facilitar una rápida distribución de la misma a los funcionarios competentes, se invita a las Partes Contratantes a designar un coordinador nacional al que se debe remitir la correspondencia. Se pueden consultar los nombres y los datos de contacto de los coordinadores nacionales en este Portal.
Los datos de contacto de los coordinadores nacionales (nombre, título, dirección de correo postal y electrónico y números de teléfono) deben enviarse al Secretaría del Tratado. Esta información estará disponible en este Portal a fin de facilitar la comunicación entre las Partes Contratantes. Si una Parte Contratante no desea que estos datos se hagan públicos, se ruega que lo notifique a la Secretaría.